Fecha de Publicación:
Martes, 13 Enero, 2026
Anualidad:
2026
Fecha límite de presentación:
Sábado, 14 Febrero, 2026
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a entidades locales para la construcción o adecuacion de tomas de agua y tanques elevados para usos agropecuarios.
Enlace a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)
Enlace a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)
Las Entidades Locales que deseen participar en esta Convocatoria, deberán presentar la solicitud y demás documentación necesaria y/o complementaria, así como su justificación posterior, única y exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Burgos, donde se podrá encontrar catalogada y clasificada toda la documentación necesaria identificada como “Convocatoria de cercados y abrevaderos”. No se admitirá la presentación de instancias y/o documentación necesaria ó complementaria por otros cauces de intercambio registral distintos a la propia sede electrónica de la Diputación Provincial.
Registro Electrónico Diputación
Registro Electrónico Diputación
Constituye la finalidad de esta Convocatoria, satisfacer las necesidades de los habitantes del Municipio y colaborar en la asistencia y cooperación económica y técnica con las Entidades Locales.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las Entidades Locales de la provincia de Burgos, de población inferior a 20.000 habitantes.
Podrá ser subvencionadas la construcción, adecuación y conservación de estas infraestructuras en montes de las Entidades Locales realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026.
La acreditación de no incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario, así como de estar al corriente con obligaciones tributarias y de seguridad social se realizará mediante Declaración conforme al Modelo del Anexo I que se acompaña a las Bases.
Un 70%, por Entidad Local beneficiaria menor de 200 habitantes empadronados.
Un 60%, por Entidad Local beneficiaria entre 200 y menor de 1.000 habitantes empadronados.
Un 50%, por Entidad Local beneficiaria igual o mayor de 1.000 habitantes empadronados.
En ningún caso la subvención podrá ser superior de 5.000€.
La cuantía mínima del presupuesto será de 500€, no considerándose subvencionable presupuestos con importes menores
Un 60%, por Entidad Local beneficiaria entre 200 y menor de 1.000 habitantes empadronados.
Un 50%, por Entidad Local beneficiaria igual o mayor de 1.000 habitantes empadronados.
En ningún caso la subvención podrá ser superior de 5.000€.
La cuantía mínima del presupuesto será de 500€, no considerándose subvencionable presupuestos con importes menores