Los proyectos, para ser objeto de subvención, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- Proyectos de Cooperación al Desarrollo:
a) Tener un presupuesto de ejecución mínimo de 7.722 euros y máximo de 40.000 euros.
b) Realizarse a través de un socio local en el país donde se va a desarrollar la acción objeto de la subvención, y con la participación activa de la población beneficiaria de la subvención en el diseño, ejecución y evaluación de las actividades.
c) Ser viables económica, social y administrativamente, de modo que la continuidad del proyecto quede garantizada cuando finalice la ayuda del exterior.
d) La ONG beneficiaria aportará como mínimo del 20% del coste total del proyecto. Se podrá considerar como tal, la aportación de la entidad beneficiaria mediante recursos humanos y materiales necesarios con los que contribuya para la ejecución de la acción a subvencionar.
A tal efecto, se considerará como contribución financiera al proyecto la realizada por los socios locales de la entidad en el país donde se va a realizar la acción objeto de la subvención, considerando como tal, aquélla en especie que sea imprescindible para la realización del proyecto presentado, como mano de obra, terrenos e infraestructuras aportadas.
e) Los proyectos deberán ajustarse al formulario de presentación de las presentes bases.
f) El presupuesto será pormenorizado por concepto y financiadores, mostrando el coste unitario, cantidad necesaria, etc.
2.- Acciones de sensibilización y educación al desarrollo, y de apoyo a redes e iniciativas del denominado “comercio justo”.
a) Tener un presupuesto de ejecución mínimo de 500 euros y máximo de 4.000 euros.
b) Que las acciones vayan destinadas y se lleven a cabo en municipios de la provincia de Burgos de menos de veinte mil habitantes.
c) Que las acciones no vayan dirigidas exclusivamente a los miembros de la propia organización.
d) Que la planificación, ejecución y desarrollo sea coordinada con el Departamento de Bienestar Social e Igualdad de la Diputación Provincial de Burgos, así como con el/los Centros de Acción Social dependientes de ésta correspondientes al territorio donde se vayan a ejecutar.
e) Que las acciones no se dirijan a financiar el funcionamiento ni equipamiento de la entidad, incluido el mobiliario de oficina y los bienes y equipos para el tratamiento de la información, o a su propia promoción.
f) Ser cofinanciados al menos en un 10% con recursos propios de la entidad.
g) Que las acciones tengan coherencia y entidad en sí mismas y cuyos resultados sean valorables dentro del período subvencionable.
h) El presupuesto será pormenorizado por concepto y financiadores, mostrando el coste unitario, cantidad necesaria, etc.