El Instituto Provincial para el Deporte y Juventud, organiza la Campaña de Natación 2024-2025 por las que se redactan las presentes bases para la aprobación de la Campaña de Natación para niños y poblaciones especiales.
1. Objetivo
Acercar e impulsar la actividad acuática y la enseñanza de la natación a todos los niños/as empadronados en Municipios de la provincia de Burgos menores de 20.000 habitantes y a las poblaciones especiales.
2. Destinatarios
- Niños que cursen educación infantil, primaria y secundaria empadronada en los Municipios de la Provincia de Burgos menores de 20.000 habitantes.
- Poblaciones especiales: Alumnos de Asociaciones o Centros de Educación Especial con sede en los Municipios de la Provincia de Burgos menores de 20.000 habitantes.
3. Duración de la actividad
De Octubre del 2024 a Junio de 2025 en los días, horas e instalación concedidos.
Las clases tendrán una duración de 50 minutos. Todas las clases comenzarán a las horas en punto y finalizarán a menos diez con lo que se garantiza la disponibilidad correcta de vestuarios a todos los grupos.
4. Instalaciones deportivas (se atenderá a la disponibilidad de cada instalación en cada momento)
- Villadiego (Además, propuesta didáctica por 1€ más: Centro de Recepción de Visitantes del Geoparque Las Loras, Museos del Arco de Cárcel y Centro de Interpretación del Cómic Fabulantis)
- Aranda de Duero
- Medina de Pomar
5. Días y horas
La asignación de días y horas dependerá de las solicitudes presentadas y de la disponibilidad de cada instalación y se comunicarán con la concesión de la actividad.
El grupo de alumnos deberá encontrarse en la piscina correspondiente en el horario asignado, entrando todos juntos.
6. Precio
El precio general de la sesión será de 2 €. por alumno. En el caso de que se acredite el uso de autobús, el precio podrá verse reducido a 1 € por sesión y alumno.
7. Solicitudes
Las solicitudes podrán ser formuladas por los Ayuntamientos y Centros escolares de la provincia de Burgos. Se presentarán en el modelo normalizado que figura como Anexo I de estas Bases.
Los solicitantes deberán reflejar, en su caso, el presupuesto del servicio de transporte (importe con IVA incluido).
Se desestimarán las solicitudes de los Ayuntamientos o Centros escolares con deudas pendientes de las campañas anteriores y aquellos grupos que no alcancen el número mínimo de participantes.
En caso de coincidencia de instalación-día y hora solicitada, se tendrá en cuenta el orden de entrada de la solicitud en el registro.
8.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes irán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente del IDJ y se presentarán en el Registro electrónico general de la Diputación de Burgos o en los términos señalados en las Bases Generales y en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del PACAP.
Plazo de preinscripción: desde el día 22 de octubre hasta el 5 de noviembre.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán archivadas.
9. Seguro
El hecho de inscribirse en los cursos de natación programadas por el Instituto Provincial para el deporte y Juventud, no llevará implícito tener un seguro de accidentes deportivos.
Se podrá contar con el seguro DEBA, sólo si se cumplen con los requisitos.
10. Otras consideraciones
a) Número mínimo de participantes: 8
b) Orden del procedimiento:
1º) Presentación se solicitud. Anexo I.
2º) Finalizado el plazo de solicitudes, desde el IDJ se efectuará la distribución de los días y horas solicitados, en función de la disponibilidad de las instalaciones y del orden de llegada de las solicitudes.
3º) El IDJ comunicará, vía correo electrónico, la autorización de los cursos con indicación de fechas, horarios e instalación y este se los trasladará al grupo solicitante.
4º) El IDJ enviará liquidación indicando el precio que debe ingresar el Ayuntamiento o Centro escolar. El pago deberá realizarse antes del día 10 del mes en el que se da inicio la actividad.
5º) Cualquier cambio de los datos reflejados en la solicitud deberá ser comunicado, y autorizados por el IDJ. Todos los gastos provocados por cambios no autorizados o anulaciones deberán ser abonados por el solicitante.
6º) El Ayuntamiento deberá realizar el pago y presentar el justificante del mismo en el IDJ antes del inicio de la actividad.
c) Acompañantes:
Cada Ayuntamiento o Centro escolar solicitante, podrá nombrar acompañantes que irán con los participantes para ayudarles en las labores de vestuario.
El IDJ no asumirá los gastos que puedan generar el acceso de los acompañantes a la instalación.
Deberán evitar interferir en el desarrollo de las clases.
Para los grupos de población especial será obligatorio la presencia de personal docente de los centros o asociaciones tanto en los vestuarios como a pie de piscina.
d) Comportamiento:
Los grupos deberán respetar en todo momento las normas establecidas en cada instalación (vestuarios y piscina) y seguir las instrucciones de monitores, socorristas y personal de la instalación.
La entrada y salida de la instalación / vestuarios se deberá realizar con agilidad para evitar coincidencias con otros grupos y respetando al resto de usuarios.
Los desperfectos en algún elemento de la instalación ocasionados por negligencia o uso inadecuado de alguno de los miembros del grupo deberá ser abonado por el solicitante al que pertenezca el/la responsable de los mismos.
El comportamiento inadecuado de alguno o algunos de los miembros del grupo podrá dar lugar, en su caso, a ser excluidos de la actividad y/o a la anulación o suspensión del Curso si fuese necesario, no pudiendo participar en la campaña siguiente.
e) Control e informe de asistencia:
Los responsables de los grupos deberán informar al Coordinador deportivo de zona de los datos de asistencia y desarrollo de la actividad.
f) Material:
- Obligatorio: Bañador, gorro de baño y chanclas. Y mascarilla salvo durante la realización de la actividad.
- Recomendable: Toalla, albornoz, calzado acuático, gafas y utensilios de baño.
11. Cláusula final
El Instituto provincial para el Deporte y la Juventud es el competente para la modificación de las bases, suspensión de la campaña por motivos justificados e interpretación de las bases.